Buscar:
CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) ANGELA PATRICIA RODRIGUEZ ORTIZ, según radicado 05001-3-25-0752 del 20 de junio de 2025 solicitó Reconocimiento y licencia de Construcción en la Modalidad de Ampliación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 003A No. 079AA -118 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 800008233 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 17 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACION A VECINOS COLINDANTE

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) JUAN CARLOS ORTIZ LOPERA, según radicado 05001-3-25-0720 del 16 de junio de 2025 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Modificación y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 25 No. 73 -21 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-770112 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 17 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

Notificación por aviso Resolución No. C3-1268-25

El CURADOR URBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto de 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por medio del cual se establece que cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días hábiles, el aviso con copia íntegra del acto administrativo, procede a NOTIFICARLE POR AVISO la RESOLUCIÓN No. C3-1268-25. por medio de la cual este Despacho resolvió la solicitud con Radicado No. 05001-3-25-0130, fijando copia íntegra del acto administrativo en un lugar visible de la Curaduría y en la página Web, con la advertencia de que la notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso.

Ver Documento

NOTIFICACION POR AVISO DE RESPUESTA AL OFICIO VUR-9918-25

El CURADOR URBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto de 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y atendiendo a que a la fecha no se conoce información adicional sobre el destinatario y en la dirección aportada manifestaron que la dirección esta errada, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días hábiles, la copia íntegra de la respuesta al oficio VUR 9918-25 y en la página Web.

Ver Documento

NOTIFICACION POR AVISO DE RESPUESTA AL OFICIO VUR-9076-25

El CURADOR URBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto de 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y atendiendo a que a la fecha no se conoce información adicional sobre el destinatario y en la dirección aportada manifestaron que no es su residencia, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días hábiles, la copia íntegra de la respuesta al oficio VUR 9076-25 y en la página Web.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) INVERSIONES KO U OHANA SAS , según radicado 05001-3-24-1453 del 30 de diciembre de 2024 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Ampliación, Modificación y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 053 No. 013S -004 ( ) , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 33685 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 16 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) CATHERINE ANDREA PIAMONTE ANGULO, según radicado 05001-3-25-0749 del 20 de junio de 2025 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Ampliación, Modificación y Demolición parcial para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 43B No. 12 -147 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-284312 uso Comercial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 16 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) LUIS EDILBERTO SALAS MEJIA , según radicado 05001-3-25-0817 del 8 de julio de 2025 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Ampliación, Modificación y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 94 No. 51B -25 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 01N-75603 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 15 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) STEEL TREINTA S.A.S , según radicado 05001-3-25-0371 del 3 de abril de 2025 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Ampliación y Modificación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 030 No. 069 -148 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-249544 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 15 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) PAOLA ANDREA RAMIREZ MAYA, según radicado 05001-3-25-0838 del 10 de julio de 2025 solicitó solicitud de Modificacion de licencias Vigentes y licencia de Construcción en las Modalidades de Ampliación, Modificación, Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal y Modificación de Licencia para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 48D No. 67A -30 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-513029 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 15 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento