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Autorización Tratamiento de Datos

El ingeniero Wilmar Adolfo Serna Montoya, en calidad de Curador Urbano Tercero de Medellín, dando cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución, la Ley 1581 de 2021 y demás políticas para el manejo y protección de datos, actuará como responsable del tratamiento de datos personales de los cuales el firmante es titular. Facultado para la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, y en general, el tratamiento de mis datos personales garantizando la confidencialidad, libertad, seguridad, veracidad, transparencia, acceso y circulación restringida de mis datos, los cuales serán utilizados por él y por terceros que estarán igualmente sujetos a las mismas obligaciones de confidencialidad en el manejo de la información y protección de datos personales para el cumplimiento de las funciones encomendadas al Curador Urbano Tercero de Medellín. Para cualquier inquietud o información adicional relacionada con el tratamiento de datos personales, puedo contactarme al correo info@c3medellin.co o a través de la página web https://curaduria3medellin.com.co/.
Como suscrito del presente, declaro que he sido informado de manera clara y precisa sobre mi derecho a conocer, actualizar, rectificar y suprimir los datos personales proporcionados, a solicitar prueba de esta autorización e información sobre el uso que se le ha dado a mis datos personales, a presentar quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio por el uso indebido de los mismos, a revocar esta autorización o a solicitar la supresión de los datos personales suministrados y acceder de forma gratuita a los mismos.
En virtud de lo anterior, AUTORIZO y ACEPTO las políticas del tratamiento de datos personales para los fines de la solicitud, de manera voluntaria, previa, clara e inequívoca del Curador Urbano Tercero de Medellín, para el manejo de mis datos personales, de conformidad con lo preceptuado por la Constitución y la Ley para el tratamiento de datos personales.

NOTIFICACIÓN POR AVISO RESOLUCIÓN C3-0607-23 ACLARACION

El CURADOR URBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto de 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por medio del cual se establece que cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días hábiles, el aviso con copia íntegra del acto administrativo, procede a NOTIFICARLE POR AVISO la RESOLUCIÓN No. C3-0607-23. por medio de la cual este Despacho resolvió la solicitud con Radicado No. 05001-3-22-0022, fijando copia integra del acto administrativo en un lugar visible de la Curaduría y en la página web, con la advertencia de que la notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso.

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NOTIFICACIÓN POR AVISO RESOLUCIÓN C3-0600-23

El CURADOR URBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto de 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por medio del cual se establece que cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días hábiles, el aviso con copia íntegra del acto administrativo, procede a NOTIFICARLE POR AVISO la RESOLUCIÓN No. C3-0600-23. por medio de la cual este Despacho resolvió la solicitud con Radicado No. 05001-3-23-0210, fijando copia integra del acto administrativo en un lugar visible de la Curaduría y en la página web, con la advertencia de que la notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso.

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NOTIFICACÓN POR AVISO C3-0581-23 ACLARACION

El CURADOR URBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto de 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por medio del cual se establece que cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días hábiles, el aviso con copia íntegra del acto administrativo, procede a NOTIFICARLE POR AVISO la RESOLUCIÓN No. C3-0581-23. por medio de la cual este Despacho resolvió la solicitud con Radicado No. 05001-3-22-0452, fijando copia integra del acto administrativo en un lugar visible de la Curaduría y en la página web, con la advertencia de que la notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso.

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NOTIFICACIÓN POR AVISO RESOLUCIÓN C3-0547-23

El CURADOR URBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto de 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por medio del cual se establece que cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días hábiles, el aviso con copia íntegra del acto administrativo, procede a NOTIFICARLE POR AVISO la RESOLUCIÓN No. C3-0547-23. por medio de la cual este Despacho resolvió la solicitud con Radicado No. 05001-3-22-0602, fijando copia integra del acto administrativo en un lugar visible de la Curaduría y en la página web, con la advertencia de que la notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso.

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NOTIFICACIÓN POR AVISO C3-0566-23

El CURADOR URBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto de 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por medio del cual se establece que cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días hábiles, el aviso con copia íntegra del acto administrativo, procede a NOTIFICARLE POR AVISO la RESOLUCIÓN No. C3-0566-23. por medio de la cual este Despacho resolvió la solicitud con Radicado No. 05001-3-22-0722, fijando copia integra del acto administrativo en un lugar visible de la Curaduría y en la página web, con la advertencia de que la notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso.

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La Curaduría Urbana Tercera de Medellín, informa la existencia de la Acción Popular 05001333300120210021100

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín, avisa a la comunidad la publicación del aviso que informa la existencia de la Acción Popular (Protección de los Derechos e Intereses Colectivos), identificada con el número de radicado 05001333300120210021100 que cursa en el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO, en donde la parte accionante está integrada por los ciudadanos ALEXIS FERMÍN RESTREPO MARTINEZ y ROBINSON ALFONSO LARIOS GIRALDO en contra de LUÍS FERNANDO BETANCUR MERINO en calidad de CURADOR URBANO SEGUNDO DE MEDELLÍN, como parte accionada.

En cumplimiento a lo dispuesto por el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO, se procede a la publicación del auto admisorio y el extracto contentivo de la demanda de Acción Popular, lo anterior con el fin de poner en conocimiento de la comunidad el presente asunto, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 21 de la Ley 472 de 1998.

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NOTIFICACIÓN POR AVISO RESOLUCION C3-0522-23

El CURADOR URBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto de 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por medio del cual se establece que cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días hábiles, el aviso con copia íntegra del acto administrativo, procede a NOTIFICARLE POR AVISO la RESOLUCIÓN No. C3-0522-23. por medio de la cual este Despacho resolvió la solicitud con Radicado No. 05001-3-23-0274, fijando copia integra del acto administrativo en un lugar visible de la Curaduría y en la página web, con la advertencia de que la notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso.

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