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CITACION A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) ALEJANDRO BLADIMIRO QUIROZ MOLINA, según radicado 05001-3-25-0599 del 23 de mayo de 2025 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Ampliación y Modificación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la DG 75A No. 33AA -88/96 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-61288 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 30 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) ALEJANDRO BLADIMIRO QUIROZ MOLINA, según radicado 05001-3-25-0599 del 23 de mayo de 2025 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Ampliación y Modificación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la DG 75A No. 33AA -88/96 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-61288 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 30 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) ALEJANDRO PINEDA ARANGO, según radicado 05001-3-25-0848 del 11 de julio de 2025 solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Modificación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 4 No. 17 -115 (1202) , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-873824 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 30 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que SUSANA DEL SOCORRO RAMIREZ OTALVARO, según radicado 05001-3-25-1109 del 27 de agosto de 2025 solicitó Reconocimiento y licencia de Construcción en las Modalidades de Demolición parcial y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el predio ubicado en la CR 017B No. 056E -058 , de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 01N-5190711 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 30 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) LOPEZ ARANGO & CIA SOCIEDAD COMANDITARIA POR ACCIONES , según radicado 05001-3-25-0674 del 10 de junio de 2025 solicitó solicitud de licencia de construcción en la modalidad de ampliación y modificacion para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 1SUR No. 36 -71 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-92989 uso Comercial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 29 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que JORGE ALBERTO OROZCO CASTAÑO, según radicado 05001-3-25-0966 del 1 de agosto de 2025 solicitó Reconocimiento y licencia de Construcción en la Modalidad de Ampliación y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el predio ubicado en la CL 103C No. 049 -073 , de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria Nº. 01N-5116509 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 29 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que IVAN DARIO MENDEZ GARCES , según radicado 05001-3-25-0968 del 1 de agosto de 2025 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Ampliación y Modificación para el predio ubicado en la CL 012 No. 010 -027 , de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria Nº. 001-628475 uso Dotacional.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 29 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) SOCIEDAD TELEVISION DE ANTIOQUIA LIMITADA , según radicado 05001-3-25-1114 del 28 de agosto de 2025 solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Ampliación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 055 No. 042 -180 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-1090727 uso Institucional.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 29 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el DISTRITO ESPECIAL DE CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE MEDELLÍN, según radicado 05001-3-25-0978 del 5 de agosto de 2025 solicitó Licencia de construcción en las modalidades de obra nueva y demolición total para el predio ubicado en la Carrera 23 No. 56-26, de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria Nº. 01N-5310917, uso Institucional.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/u observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 29 de septiembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la Calle 27 No. 46-70, local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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