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CITACION A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que que la señora NANCY DEL SOCORRO OSORIO CIFUENTES, según Radicado No. 05001-3-25-1400, del 17 de octubre de 2025, solicitó ante esta Curaduría Urbana, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LAS MODALIDADES DE OBRA NUEVA Y DEMOLICIÓN TOTAL para predio ubicado en la CR 12 No. 53 – 47, de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No (s). 01N-244013, uso Residencial – Comercial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 19 de enero de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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CITACION A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) GERMAN ALBERTO FRANCO JARAMILLO, según Radicado No. 05001-3-25-1410, del 20 de octubre de 2025, solicitó ante esta Curaduría Urbana, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LAS MODALIDADES DE AMPLIACIÓN, MODIFICACIÓN Y APROBACIÓN DE PLANOS PARA PROPIEDAD HORIZONTAL para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 30 No. 77 -51 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria No (s). 001-921150, uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 19 de enero de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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CITACION A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) INVERSIONES BOLIMA S.A.S , según radicado 05001-3-25-1563 del 20 de noviembre de 2025 solicitó solicitud de Modificacion de licencias Vigentes y licencia de Construcción en las Modalidades de Modificación y Modificación de Licencia para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 63 No. 133 -100 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 01N-49225 uso Comercial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 16 de enero de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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Notificación por aviso Resolución No. C3-1859-25.

El CURADOR UBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por medio del cual se establece que cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de (5) días hábiles, el aviso con copia íntegra del acto administrativo, procede a NOTIFICARLE POR AVISO la RESOLUCIÓN No. C3-1859-25. por medio de la cual este Despacho resolvió la solicitud con Radicado No. 05001-3-25-0879, fijando copia íntegra del acto administrativo en un lugar visible de la Curaduría y en la página web, con la advertencia de que la notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso.

Se desfija el día 22 de enero de 2026, siendo las 05:30 PM.

Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, que podrá interponer ante este Despacho dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto administrativo.

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Notificación por aviso Resolución No. C3-1894-25

El CURADOR UBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por medio del cual se establece que cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de (5) días hábiles, el aviso con copia íntegra del acto administrativo, procede a NOTIFICARLE POR AVISO la RESOLUCIÓN No. C3-1894-25. por medio de la cual este Despacho resolvió la solicitud con Radicado No. 05001-3-25-0717, fijando copia íntegra del acto administrativo en un lugar visible de la Curaduría y en la página web, con la advertencia de que la notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso.

Se desfija el día 22 de enero de 2026, siendo las 05:30 PM.

Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, que podrá interponer ante este Despacho dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto administrativo.

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Notificación por aviso Resolución No. C3-1894-25.

El CURADOR UBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por medio del cual se establece que cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de (5) días hábiles, el aviso con copia íntegra del acto administrativo, procede a NOTIFICARLE POR AVISO la RESOLUCIÓN No. C3-1894-25. por medio de la cual este Despacho resolvió la solicitud con Radicado No. 05001-3-25-0717, fijando copia íntegra del acto administrativo en un lugar visible de la Curaduría y en la página web, con la advertencia de que la notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso.

Se desfija el día 22 de enero de 2026, siendo las 05:30 PM.

Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, que podrá interponer ante este Despacho dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto administrativo.

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NOTIFICACIÓN POR AVISO RESOLUCIÓN No. C3-1969-25

El CURADOR URBANO TERCERO DE MEDELLÍN, según Decreto de Nombramiento 0676 del 18 de agosto de 2021, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 388 de 1997, de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.3.7 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por medio del cual se establece que cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se publicará en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días hábiles, el aviso con copia íntegra del acto administrativo, procede a NOTIFICARLE POR AVISO la RESOLUCIÓN No. C3-1969-25. por medio de la cual este Despacho resolvió la solicitud con Radicado No. 05001-3-25-0961, fijando copia íntegra del acto administrativo en un lugar visible de la Curaduría y en la página Web, con la advertencia de que la notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso.

Se desfija el día 21 de enero de 2026, siendo las 05:30 P.M.

Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, que podrá interponer ante este Despacho dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto administrativo.

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CITACION A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el señor MATEO RAMÍREZ GARCÍA, según radicado 05001-3-25-1443 del 27 de octubre de 2025 solicitó Reconocimiento, Licencia de construcción en las modalidades de ampliación, modificación y Aprobación de planos para Propiedad Horizontal para el predio ubicado en la Calle 34A No. 81A-73, de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 001-396205, uso residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/u observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 15 de enero de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la Calle 27 No. 46-70, local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que la señora ANA MARÍA ARROYAVE GIRALDO, según radicado 05001-3-25-1451 del 29 de octubre de 2025 solicitó Reconocimiento para el predio ubicado en la Carrera 86A No. 42C-59, de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 001-47255, uso residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/u observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 15 de enero de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la Calle 27 No. 46-70, local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) NANCY DEL SOCORRO OSORIO CIFUENTES, según Radicado No. 05001-3-25-1400, del 17 de octubre de 2025, solicitó ante esta Curaduría Urbana, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LAS MODALIDADES DE OBRA NUEVA Y DEMOLICIÓN TOTAL para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 12 No. 53 -47 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria No (s). 01N-244013, uso Residencial Comercial

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 19 de enero de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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