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CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el señor VÍCTOR HUGO ARISTIZÁBAL MONTES, según radicado 05001-3-26-0771 del 25 de junio de 2026 solicitó Licencia de construcción en las modalidades de ampliación, modificación y demolición parcial para el predio ubicado en la Carrera 70 No. 3-03, de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 001-554569, uso residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/u observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 9 de septiembre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la Calle 27 No. 46-70, local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que la señora LUZ MIRELLA LOZANO GÓMEZ, según radicado 05001-3-26-0756 del 22 de junio de 2026 solicitó Licencia de construcción en la modalidad de obra nueva y Aprobación de planos para Propiedad Horizontal para el predio ubicado en la Carrera 26 x Calle 57D, de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 01N-5118889, uso residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/u observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 9 de septiembre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la Calle 27 No. 46-70, local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que la señora ALBA MERY OCAMPO MONTOYA, según radicado 05001-3-26-0722 del 16 de junio de 2026 solicitó Licencia de construcción en la modalidad de modificación para el predio ubicado en la Calle 68 No. 48A-12, de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 01N-5509615, uso residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/u observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 9 de septiembre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la Calle 27 No. 46-70, local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el señor HENRY ANTONIO SALAZAR OCAMPO, según radicado 05001-3-26-0712 del 12 de junio de 2026 solicitó Reconocimiento, Licencia de construcción en las modalidades de ampliación, modificación y Aprobación de planos para Propiedad Horizontal para el predio ubicado en la Calle 69 No. 48-23, de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 01N-195570, uso residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/u observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 9 de septiembre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la Calle 27 No. 46-70, local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) ANDRES FELIPE CASTAÑO GARCIA, según radicado 05001-3-26-0800 del 2 de julio de 2026 solicitó Reconocimiento y licencia de Construcción en la Modalidad de Modificación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 58 No. 37 -32 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 01N-189234 uso Comercial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 7 de septiembre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) MARIA DEL SOCORRO GONZALEZ VILLEGAS, según radicado 05001-3-26-0430 del 15 de abril de 2026 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Ampliación, Modificación y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 3 No. 54 -126 (124/126) , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-87589,001-875589,001-959277,001-959279 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 7 de septiembre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) ISABEL CRISTINA YARZA MUÑOZ, según radicado 05001-3-26-0911 del 27 de julio de 2026 solicitó Reconocimiento y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 76 No. 104A -2 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 01N-211247 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 7 de septiembre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) EDIFICIO TORRE DEL ESCORIAL P.H , según radicado 05001-3-26-0883 del 22 de julio de 2026 solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Modificación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 73A No. 51A -32 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 01N-423476 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 4 de septiembre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) INVERSIONES AGLOJEMA S.A.S. , según radicado 05001-3-26-0664 del 3 de junio de 2026 solicitó solicitud de Modificación de licencias Vigentes en las Modalidades de Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal y Modificación de Licencia para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 78 No. 45A -70/72 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-274993 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 3 de septiembre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) OSCAR FERNANDO ZAPATA ZABALA, según radicado 05001-3-26-0460 del 20 de abril de 2026 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Obra nueva y Demolición total para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 32 No. 47 -89 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-329412 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 3 de septiembre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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