Buscar:
FORMATOS Y DOCUMENTOS
HORARIO DE ATENCIÓN

Horario de atención al público: Asesorías lunes a jueves de 7:00 a.m. a 12:30 pm y de 1:30 pm. a 5:00 p.m., viernes de 7:00 a.m. a 12:30 pm y de 1:30 pm. a 4:00 p.m

Horario para notificar, recibir y/o radicar documentos y solicitudes:

Lunes a Jueves de 7:30 a.m. a 12:30 pm. y 1:30 p.m. a 5:00 p.m. viernes de de 7:30 a.m. a 12:30 pm. y 1:30 p.m. a 4:00 p.m

Dirección electrónica habilitada exclusivamente para la recepción de notificaciones judiciales de conformidad con el artículo 197 de la Ley 1437 de 2011

notificacionesjudiciales@curaduria3medellin.com.co
CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) SAMARIA COLOMBIA S.A.S , según radicado 05001-3-26-0908 del 27 de julio de 2026 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Obra nueva y Demolición parcial para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 32F No. 75B -72 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-110991 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 27 de octubre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) TYP DESARROLLO INMOBILIARIO SAS , según radicado 05001-3-26-0623 del 26 de mayo de 2026 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Ampliación, Modificación y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 77B No. 47 -92 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-153236 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 27 de octubre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) INGENIERIA Y CONSTRUCCION MED SAS , según radicado 05001-3-26-0427 del 15 de abril de 2026 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Obra nueva, Demolición total y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 80 No. 32EE -7 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-33029 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 26 de octubre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) INVERSIONES LAURELES S.A “EN LIQUIDACION” , según radicado 05001-3-26-1299 del 13 de octubre de 2026 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Obra nueva y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CL 52SUR No. 57A -01 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-960194 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 26 de octubre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) ISAIAS VASQUEZ CALLE, según radicado 05001-3-26-0706 del 11 de junio de 2026 solicitó Reconocimiento y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 92C No. 83 -15 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 01N-5002546 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 26 de octubre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) LEONIDAS DE JESUS CARVAJAL , según radicado 05001-3-26-1124 del 9 de septiembre de 2026 solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Ampliación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 33 No. 27A -91 (INT 216) , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-1222638 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 23 de octubre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) ANA KARINA CASTAÑEDA GONZALEZ, según radicado 05001-3-26-0188 del 25 de febrero de 2026 solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Obra nueva para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 22 No. 17 -04 (LOTE 13) , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-510737 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 23 de octubre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que URIBE HERRERA CONSTRUCCIONES S.A , según radicado 05001-3-26-1152 del 14 de septiembre de 2026 solicitó Licencia de Construcción en las Modalidades de Obra nueva y Demolición total para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CQ 74A No. 76 – 05, de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-659953 uso Comercial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 22 de octubre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓ A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que la señora AURA LUZ QUINTERO GOMEZ, según radicado 05001-3-26-0950 del 3 de agosto de 2026 solicitó Reconocimiento y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el predio ubicado en la CR 86A No. 79B -15 , de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria Nº. 01N-70778 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 21 de octubre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento

CITACIÓN A VECINOS COLINDANTES

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) INVERSIONES CRISVAL S.A.S , según radicado 05001-3-26-0879 del 21 de julio de 2026 solicitó licencia de Construcción en las Modalidades de Ampliación y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 84 No. 42C -41 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-283963 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 21 de octubre de 2026 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

Ver Documento