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CITACION A VECINOS COLINDANTES

MAURICIO CAMPILLO VELÁSQUEZ, Curador Urbano Tercero de Medellín (P), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el señor FELIPE OSPINA SÁNCHEZ, según radicado 05001-3-25-0964 del 1 de agosto de 2025 solicitó Licencia de construcción en las modalidades de ampliación, modificación y Aprobación de planos para Propiedad Horizontal para el predio ubicado en la Carrera 71 No. 91A-13, de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 01N-98614, uso residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/u observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 29 de diciembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la Calle 27 No. 46-70, local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) YEISSAN LUBIANA MORENO LOPEZ, según radicado 05001-3-25-1291 del 24 de septiembre de 2025 solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Modificación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 43F No. 12 -54 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-516684 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 26 de diciembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) YEISSAN LUBIANA MORENO LOPEZ, según radicado 05001-3-25-1292 del 24 de septiembre de 2025 solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Modificación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 43F No. 12 -40 (INT 101) , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-319271 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 26 de diciembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) ARTURO DE JESUS ATEHORTUA ARTEAGA, según radicado 05001-3-25-1070 del 21 de agosto de 2025 solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Ampliación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 41B No. 66E -078 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 01N-11984 uso Comercial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 22 de diciembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que el (la) señor(a) LUIS CARLOS BEDOYA MURIEL, según radicado 05001-3-25-1356 del 8 de octubre de 2025 solicitó licencia de Construcción en la Modalidad de Ampliación para el (los) predio (s) ubicado (s) en la CR 45A No. 93 -158 , de esta ciudad, identificado (s) con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 01N-122793 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 22 de diciembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que MARIA PATRICIA VALLE ZAPATA, según radicado 05001-3-25-1318 del 1 de octubre de 2025 solicitó Reconocimiento y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el predio ubicado en la CR 45 No. 87 -74 , de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria Nº. 01N-5296825 uso Comercial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 22 de diciembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que JESSICA TOBON GONZALEZ, según radicado 05001-3-25-1316 del 1 de octubre de 2025 solicitó Reconocimiento para el predio Ubicado en la CR 35 No. 8A -39 , de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria Nº. (s). 001-661488 uso Servicios.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 22 de diciembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que OLGA LUCIA RODAS MARTINEZ, según radicado 05001-3-25-1446 del 28 de octubre de 2025 solicitó Reconocimiento y licencia de Construcción en las Modalidades de Modificación y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el predio ubicado en la CR 71A No. 80 -45 , de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria Nº. 01N-5226238 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 22 de diciembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que BERTA ALICIA CADAVID ZULUAGA, según radicado 05001-3-25-1419 del 22 de octubre de 2025 solicitó Reconocimiento y licencia de Construcción en las Modalidades de Demolición parcial y Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el predio ubicado en la CL 102B No. 31 -6 , de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria Nº. 01N-5334697 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 22 de diciembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA, Curador Urbano Tercero de Medellín, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que no fue posible surtir la comunicación por correo certificado, comunica a los vecinos de los predios colindantes y/o terceros interesados, que A&G AURORA S.A.S , según radicado 05001-3-25-1390 del 15 de octubre de 2025 solicitó solicitud de Modificacion de licencias Vigentes y licencia de Construcción en las Modalidades de Modificación, Aprobación de Planos para Propiedad Horizontal para el predio ubicado en la CL 45C No. 76A -10 , de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria Nº. 001-186170 uso Residencial.

Por lo anterior se informa que quien considere pertinente, podrá formular objeciones y/o observaciones a la expedición de la licencia urbanística referida y podrá hacerse parte en el trámite administrativo desde la fecha de la radicación de la solicitud hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Debe tener en cuenta que las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, conforme lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015.

Para constancia se fija el día 22 de diciembre de 2025 a las 7:00 a.m. y se desfija al día siguiente, siendo las 5:30 p.m. en la cartelera de esta oficina, ubicada en la calle 27 No. 46 – 70 local 302 del Centro Integral de Servicios Punto Clave, en la ciudad de Medellín. Adicionalmente se publica en la página electrónica www.curaduria3medellin.com.co.

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